Deberes (v.) que existen hacia los colegas (v.). En el caso de la profesión médica, existe el deber de ayuda mutua, con vistas a garantizar la atención correcta de los enfermos. Esto se traduce en la costumbre de no cobrarles honorarios (v.) cuando se les atiende profesionalmente, y en la obligación de defenderles en el colegio profesional (v.) de las acusaciones injustas, y de denunciarles si, tras una reconvención por su conducta incompetente o inmoral, no intentan enmendarse (ver disciplina corporativa, mala práctica).